Los desplazamientos se restringen durante el día 23 de diciembre al 6 de enero: no se podrá salir de la Comunidad Autónoma excepto para visitar a familiares y allegados
Los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero se permitirán las reuniones de hasta 10 personas que sean como máximo de 2 grupos de convivencia.
En Nochebuena y Nochevieja se permitirá la movilidad hasta la 1,30 de la madrugada.
El Ministerio de Sanidad ha hecho público las medidas que se van a tomar de cara a las Navidades que se resumen en:
- Se limita la entrada y salida entre Comunidades Autónomas desde el 23 de diciembre al 6 de enero, excepto para aquellos desplazamientos que están justificados durante el estado de alarma, así como aquellos que sean lugar de residencia habitual de familiares o allegados del desplazado.
- Las comidas y cenas navideñas de los días 24, 25 y 31 de diciembre y del 1 de enero no podrán reunir a más de diez personas, salvo que se trate de convivientes, y que no superen los dos grupos de convivencia.
- En Nochebuena y Nochevieja se amplía el toque de queda hasta la 1,30 de la madrugada.
- Se recomienda que las cabalgatas de Reyes sean estáticas para poder controlar los aforos y distancias de sguridad.
- La hostelería y restauración deben de continuar con los límites de aforo, lo mismo que los comercios.
- Se pide evitar las aglomeraciones.
- Celebraciones religiosas: en espacios cerrados seguirán las normas de aforo establecidas en cada comunidad.