El jueves 18 de febrero entran en vigor nuevas medidas preventivas aprobadas por la Comunidad de Madrid para el sector de la Hostelería y Restauración
HOSTELERIA Y RESTAURACIÓN
• Los establecimientos podrán permanecer abiertos hasta las 23.00 horas.
• No se podrá admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 22:00 horas.
• Podrán realizar servicios de comida para llevar con recogida en el establecimiento hasta las 23:00 horas y servicios de entrega a domicilio hasta las 00:00 horas.
• La ocupación máxima por mesa será de cuatro personas en interior y de seis personas en terraza.
• Continúa suspendido el servicio en barra.
• Es obligatorio el uso continuado de la mascarilla en los establecimientos, retirándola únicamente en el momento de la ingesta de bebida o comida.
• Es importante asegurar una ventilación adecuada de los locales, ya sea por medios naturales o mecánicos.
Limitación de circulación de las personas en horario nocturno:
• Se limita la movilidad nocturna y la circulación de personas entre las 23.00 h. y las 6:00 h. en toda la región, para el periodo comprendido entre las 00:00 horas del 18 de febrero y las 00:00 del 1 de marzo de 2021.
Con carácter general, continúan las medidas que establece la Orden 668/2020, de 19 de junio, de la Consejería de Sanidad por razón de salud pública.