Se actualizan los criterios para valorar y calificar el grado de discapacidad de acuerdo con la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud que la Organización Mundial de la Salud (OMS) adoptó en 2001 (el baremo actual data de 1999).
De esta manera, el nuevo modelo supone evolucionar desde un enfoque médico-rehabilitador de la discapacidad hacia una consideración social, al tener en cuenta la participación social de estas personas y las barreras que encuentran en su entorno a la hora de ejercer este derecho.
Otro punto que se ha incluido es el de las víctimas de violencia de género que también podrán acogerse a este trámite de urgencia, ya que muchas de ellas adquieren discapacidades tras sufrir malos tratos.
Se permite agilizar y flexibilizar los trámites a través de medios telemáticos, asegurando la accesibilidad universal de todo el proceso.
Con este nuevo baremo se avanza, además, en la valoración y calificación de realidades que causan discapacidad, como el autismo o las enfermedades raras.
Otra de las novedades es el establecimiento de un trámite de urgencia para la valoración por causas humanitarias, de especial necesidad social, de salud o de esperanza de vida, que incluirá, por ejemplo, a personas con enfermedades degenerativas como la ELA.
En cuanto a los menores con discapacidad, el texto establece que ejercerán sus derechos en igualdad de condiciones, sin discriminación por motivos de edad o discapacidad, recibirán asistencia y apoyos adaptados a sus circunstancias y tendrán el mismo derecho que los adultos a ser informados y escuchados.